Análisis de la sentencia del TS y el derecho al olvido

Análisis de la sentencia del TS y el derecho al olvido

18 marzo 2016
Reputación

Análisis de la sentencia del TS y el derecho al olvido

Cuando se trata de temas que suscitan tanta atención y son tan sensibles como la aplicación del llamado "Derecho al olvido" por parte de buscadores, cualquier posible sentencia o novedad al respecto siempre es recibida con interés mediático y es importante mantenerse informado correctamente entre tanta sentencia y tecnicismos que pueden confundir al usuario. La última ha sido la sentencia del Tribunal Supremo que anulaba diferentes resoluciones de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) por considerar que la responsabilidad del tratamiento de datos recaía en la matriz Google Inc y no en su filial española Google Spain. Es decir, es un "simple" cambio en el responsable final de el tratamiento de datos. A efectos prácticos, no ha habido ninguna modificación respecto a la aplicación del "Derecho al olvido". El formulario de Google para ejercer el derecho sigue y la AEPD podrá tutelarte al respecto. Desde ahora, tanto las reclamaciones como el ejercicio del derecho de tutela que los usuarios ejercían en la AEPD (cuando el usuario no está conforme con la respuesta de la empresa responsable a su petición de "Derecho al olvido") tienen como responsable a Google Inc en vez de a Google Spain, empresa que presume que únicamente actúa como promotora de servicios publicitarios y no del buscador en sí. Así que... ">15 de marzo de 2016
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